SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DIA 14 DE FEBRERO DE 2023.

 

ASISTENTES:

 
Alcalde Presidente.
D. José Raúl Gómez Lamuedra
Concejales
D.Miguel Angel Delgado Santa Bárbara.
Dª Victoria Aparicio Sarmiento.
Dª Cecilia Morencos Saiz.
Dª Inés Gómez Diez.
Dª.Cristina Larred del Amo.
Dª. Laura Concepción Prieto Arribas.

 
AUSENTE:

 

En la localidad de El Royo (Soria), a las diecinueve horas del día catorce de febrero de dos mil veintitrés, previa convocatoria al efecto, se reunió el Pleno del Ayuntamiento de El Royo, en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, para celebrar sesión extraordinaria en primera convocatoria bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. José Raúl Gómez Lamuedra y concurren los señores nominados al margen, asistidos por el Sr. Secretario D. Gregorio Casas Carretero.

 
Seguidamente se pasó a considerar los distintos asuntos que integran el Orden del día, respecto de los cuales se adoptaron los siguientes acuerdos:

 

I. APROBACIÓN CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA SOCIEDAD PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURAS Y MEDIO AMBIENTE DE CASTILLA Y LEÓN S.A Y EL AYUNTAMIENTO DE EL ROYO (SORIA) PARA LA CONSTRUCCIÓN Y ALQUILER DE UNA NAVE PARA USO COMO OBRADOR COMUNITARIO COMPARTIDO EN EL MUNICIPIO DE EL ROYO. Por el Sr. Alcalde-Presdente del Ayuntamiento, se da cuenta a los señores Concejales del documento remitido por la Sociedad Pública de de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León (SOMACYL), del tenor literal siguiente:

 
Con carácter previo, a la discución sobre el fondo del asunto, en especial los datos económicos; por el Sr. Alcalde-Presidente y de mutuo acuerdo con los Srs. Concejales, se hace constar que la futura nave para uso como obrador comunitario compartido no solo será para cultivos ecológicos, sino para otros productos endógenos del municipio de El Royo y el resto de localidades de la provincia.

 
Una vez aclarado este tema, se pasa al estudio del Convenio:

 
"CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA SOCIEDAD PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURAS Y MEDIO AMBIENTE DE CASTILLA Y LEÓN, S.A. Y EL AYUNTAMIENTO DE EL ROYO (SORIA) PARA LA CONSTRUCCIÓN Y ALQUILER DE UNA NAVE PARA USO COMO OBRADOR COMUNITARIO COMPARTIDO EN EL MUNICIPIO DEL ROYO.

En el Royo, a 31 de enero de 2023.

REUNIDOS:
El Sr. D. José Raul Gómez Lamuedra, Alcalde del Ayuntamiento de El Royo, autorizado para este acto por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 14 de de febrero 2023.
En adelante (AYUNTAMIENTO).

 
El Sr. D. José Manuel Jiménez Blázquez, en su condición de Consejero Delegado de la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A. (en adelante LA SOCIEDAD), con C.I.F. A-47600754 y domicilio en Valladolid, Calle Rigoberto Cortejoso, 14, constituida ante el notario de  Valladolid  D. Manuel Sagardía el día 25 de enero de 2007, número de protocolo 244, inscrita en el Registro Mercantil de Valladolid en el tomo 1293, libro O, hoja VA-20072; nombramiento según escritura otorgada ante el notario de Valladolid D. José María Labernia Cabeza el día 15 de diciembre de 2017, con el número de protocolo 2.315.

 

INTERVIENEN:
Cada uno de ellos en nombre de las instituciones a las que representan, reconociéndose con capacidad bastante para formalizar el presente Acuerdo a cuyo fin:

 
EXPONEN:

 
1.- Que desde 2016 el AYUNTAMIENTO viene impulsando un Proyecto de desarrollo integral del municipio del Royo, declarado de interés general por el propio AYUNTAMIENTO en el pleno celebrado el 26 de octubre de 2017. Su objetivo fundamental es la recuperación de las tierras abandonadas o infrautilizadas en el municipio, apostando por la implantación de cultivos de alto valor ecológicos, la creación de empleo y por lo tanto fomentando una actividad agraria singular y comunitaria. La primera fase del proyecto ha obtenido gran éxito, aprovechando 7 hectáreas para cultivo de “frutos del bosque” de las tierras que estaban abandonadas. Una vez consolidada esta primera fase de aprovechamiento y cultivo, surge la necesidad de ampliar las actividades a través de la conservación, transformación, envasado y comercialización de la cosecha obtenida. Por ello, el AYUNTAMIENTO prevé necesario disponer de una nave que funcione como obrador comunitario compartido para ampliar esta actividad de cultivo. Que dicha actuación tiene un carácter medio ambiental especialmente al favorecer el aprovechamiento de tierras abandonadas y su puesta en valor, así como su continuidad en el tiempo al conseguir desarrollar una actividad económica, fijando población y creando empleo en zonas rurales.

 
2.- Que la SOCIEDAD es una empresa pública creada por la Ley 12/2006 de 26 de octubre, adscrita actualmente a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y entre las actuaciones que constituyen su objeto social figura “La realización de todo tipo de trabajos, explotaciones, obras, estudios, informes, proyectos, dirección de obras, consultorías, asistencias técnicas y servicios relacionados con la promoción, protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente, en los ámbitos del medio natural, de la calidad ambiental……….. bien por encargo de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, o bien por decisión libre, en el propio ejercicio de la actividad correspondiente al objeto social de la empresa, en el marco de la política ambiental de la Comunidad y con la finalidad de lograr la máxima eficiencia en la financiación de las inversiones públicas”.

 
3.- Interés público concurrente: Que las partes intervinientes cuentan con intereses concurrentes para llevar a cabo dicha actuación para la construcción de una nueva nave con el que complementar este proyecto iniciado en 2016 por el AYUNTAMIENTO, permitiendo, además del cultivo de los “frutos del bosque”, su conservación, transformación, envasado y comercialización de la cosecha obtenida, lo cual redundará en la continuidad de la actividad en el futuro, así como incrementar las tierras que puedan dedicarse al cultivo.

 
4.- Como consecuencia de lo precedentemente indicado, las partes se comprometen a la máxima cooperación para lograr los objetivos perseguidos y así, para regular las formas y condiciones en que las partes, como interesadas en la correcta ejecución de la nave para uso de obrador comunitario compartido, suscriben el presente Convenio con arreglo a las siguientes:

 

ESTIPULACIONES:

 
1.- Objeto del Convenio
El objeto de este Convenio es sentar las bases de colaboración entre la SOCIEDAD y el AYUNTAMIENTO para la construcción, y alquiler de una nave para uso como obrador comunitario compartido para cultivos ecológicos en el municipio del Royo.
No regula este convenio la ejecución y/o entrega de bienes o servicios, no consistiendo por tanto su objeto en alguno de los considerados contractuales.

 
2.- Presupuesto.

El importe total de la instalación, que incluye, los honorarios de Dirección de Obra, coordinación de seguridad y salud, control de calidad, y ejecución de obra, ascenderá aproximadamente a la cantidad de 609.446,25 € IVA no incluido.

 

3- Financiación de la Inversión.

 
Las aportaciones de las partes que financian la inversión objeto de este Convenio se fijan como sigue:

 
El AYUNTAMIENTO aportará a la SOCIEDAD como subvención a la inversión 100.000 € de la forma siguiente:

 
<li>50.000 €, con la fecha de adjudicación de las obras que se prevé para junio de 2023.
<li>50.000 € restantes se pagarán una vez terminadas las obras presentando SOMACYL al AYUNTAMIENTO copia del certificado de fin de obra.

 
La SOCIEDAD correrá a su cuenta con el resto de los pagos hasta completar la inversión.

 
Corresponderá a la SOCIEDAD, como órgano de contratación de las actuaciones objeto de este Convenio, el pago al adjudicatario del precio total del o de los contratos suscritos con el mismo para la ejecución de las obras.
Si para el completo cumplimiento del objeto de este convenio fuera necesario la contratación de trabajos externos, ésta se realizará con arreglo a lo estipulado en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

 

4.- Condiciones de prestación del servicio.
La SOCIEDAD queda obligada a realizar la construcción de la nave, siempre que se cumplan por las partes intervinientes en este Convenio los compromisos ya descritos relativos a la financiación de obra y conforme al proyecto de ejecución redactado por el Ingeniero Técnico Agrónomo D. Julio Villar Jiménez.

 
5.- Tarifa de Alquiler.
Una vez finalizada la nave, el AYUNTAMIENTO formalizará un contrato de alquiler con SOMACYL en base a los siguientes términos ya pactados:

 

Duración del contrato: 25 años
Precio mensual del alquiler: 1.496,25 € más IVA.
Revisión de precios anual: 2% fijo, aplicable desde enero de cada año.
Facturación: Mensual y pago en los primeros 10 días de cada mes
Gastos por cuenta del AYUNTAMIENTO: Serán por cuenta del AYUNTAMIENTO los siguientes gastos:
<li>Tramitación del inicio de actividad
<li>Impuesto de Bienes Inmuebles.
<li>Mantenimiento y conservación de la nave y cubiertas una vez terminado el período de garantía, cuando los gastos superen 2.250 €/año; hasta este importe los gastos correrán a cargo de la SOCIEDAD.
<li>Contratos de mantenimiento de las instalaciones, instalación fotovoltaica y estanterías.
<li>Mejora de accesos a la nave.

 

6- Otras obligaciones de las partes.
Serán igualmente obligaciones de las partes las siguientes:

 
Por parte del AYUNTAMIENTO:
<li>Ceder de forma gratuita a la SOCIEDAD los terrenos de su titularidad para la ejecución de las obras de la nave.
<li>La aprobación del proyecto constructivo de la nave.
<li>Firmar el contrato de alquiler de la nave en los términos señalados en la estipulación 5.

 
Por parte de la SOCIEDAD:
<li>La ejecución de las obras y su recepción.
<li>Firmar el contrato de alquiler de la nave en los términos señalados en la estipulación 5.

<li>Puesta a disposición de la nave al AYUNTAMIENTO una vez firmado el contrato de alquiler.
<li>La aplicación del período de garantía de la nave e instalaciones.

 

 

7.- Comisión de seguimiento.
Para el seguimiento e interpretación del presente Convenio, se creará una Comisión de Seguimiento de este, integrada por un representante de la SOCIEDAD, y un representante del AYUNTAMIENTO.
Esta Comisión conocerá de las cuestiones que puedan surgir en la aplicación, eficacia e interpretación del presente Convenio. Asimismo, realizará el seguimiento de lo estipulado, acordará la realización de aquellas actuaciones que sean necesarias para el mejor y más eficaz cumplimiento de su objeto y propondrá a las autoridades competentes aquellas resoluciones que fueran necesarias para su mejor desarrollo, todo ello sin perjuicio de las competencias que corresponden a la SOCIEDAD como entidad responsable de la construcción y posterior alquiler de la nave.

 
La Comisión aprobará sus normas de funcionamiento, y nombrará a su Presidente y Secretario que, en caso de no ser uno de los miembros de la Comisión, tendrá voz, pero no voto.
Como órgano colegiado, le serán aplicables las disposiciones recogidas en el Capítulo IV del Título V, de la Ley 3/2001, de 3 de julio, de Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

 
8.- Vigencia.
Este Convenio será efectivo a partir de la fecha de su suscripción y permanecerá vigente hasta el inicio del contrato de alquiler de la nave.

 
9.- Modificación.
Las posibles modificaciones de este Convenio deberán formalizarse mediante Adenda, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del Convenio.

 
10.- Orden jurisdiccional competente.
Sin perjuicio de las funciones que se atribuyen a la Comisión de Seguimiento creada al amparo del presente Convenio, las cuestiones litigiosas que puedan plantearse respecto a la aplicación, interpretación y cumplimiento de este Convenio, serán competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Este Convenio no constituye encomienda o encargo de gestión de los previstos en el artículo 32 de la Ley 9/2017 de 8 noviembre, de Contratos del Sector Público, ni lo es de las reguladas en el artículo 11 de la Ley 40/2015 o de las del artículo 125.1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes firman, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados."
A la vista de lo anterior, los señores Concejales por unanimidad y en todo caso por mayoría absoluta, acuerdan:

 

PRIMERO: Aprobar, en los términos en que se encuentra redactado, con la matización expuesta en el párrafo segundo de este acuerdo, "el CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA SOCIEDAD PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURAS Y MEDIO AMBIENTE DE CASTILLA Y LEÓN, S.A. Y EL AYUNTAMIENTO DE EL ROYO (SORIA) PARA LA CONSTRUCCIÓN Y ALQUILER DE UNA NAVE PARA USO COMO OBRADOR COMUNITARIO COMPARTIDO EN EL MUNICIPIO DEL ROYO."
SEGUNDO: Dar traslado de este acuerdo a la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León (SOMACYL), a los efectos oportunos.
TERCERO.-Autorizar y facultar al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento D. José Raúl Gómez Lamuedra para la realización de cuantos trámites, firmas y acuerdos resulten necesarios adoptar para el cumplimiento y ejecución de este acuerdo.

 

 

 

II.- INCLUSIÓN INVENTARIO DE BIENES AGRUPACIÓN PARCELAS 5364 Y 5365 DEL POLÍGONO 9 (ZONA INDUSTRIAL) DE EL ROYO -SORIA-. Por el Sr. Alcalde-Presidente se da cuenta a los reunidios de la necesidad de proceder a la inclusión en el Inventario Municipal de Bienes de la agrupación de las parcelas 5364 y 5365 del polígomo 9 de El Royo, puesto que, al ser una sola finca debe estar depurada física y jurícamente.

La agrupación de ambas parcelas fue acordada por la Corporación Municipal en sesión extraordianria celebrada con fecha 26 de octubre de 202
Dichas parcelas se encuentran inscritas en el Registro de la Propiedad Nº 1 de Soria e incluidas en el Inventario Municipal de Bienes por acuerdo plenario de fecha 11 de junio de 2020.
Se teine previsto la firma en Notaría de agreda (Soria) de la agrupación de ambas parcelas con fecha 16 de febrero de 2023.
Una vez firmada la Escritura Pública de agrupación de las parcelas 5364 y 5365 del polígomo 9 de El Royo (Zona Industrial), se trámitará ante la gerencia Territorial del Catastro de Soria y ante el Registro de la Propiedad.
A la vista de lo anterior, los señores Concejales, enterados del asunto y por unanimidad, acuerdan:

 
PRIMERO.-Aprobar la inclusión en el Inventario Municipal de Bienes de la agrupación de las parcelas 5364 (antes Parcela D) y 5365 (antes Parcela E) del polígono 9, con una superficie de ochocientos cuarenta y dos (842,00) metros cuadrados y ochocientos cincuenta y cuatro (854,00) metros cuadrados, respectivamente; en una sola parcela resultante con una superficie de mil seiscientos noventa y seis (1.696,00) metros cuadrados.
SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo, junto con la Escritura Pública de la agrupación de las parcelas, arriba descritas, , para su tramitación ante la Gerencia Territorial del Catastro y el Registro de la Propiedad de Soria.
TERCERO.-Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento para la realización de cuantos trámites y acuerdos resulten necesarios adoptar para el cumplimiento y ejecución de este acuerdo.
Y sin más asuntos que tratar y siendo las diecinueve horas y cuarenta y cinco minutos, por el Sr.. Alcalde-Presidente es levantada la sesión y de ella la presente que, como Secretario. CERTIFICO.
 
EL ALCALDE 
Fdo.: José Raúl Gómez Lamuedra


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