SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA 3 DE DICIEMBRE DE 2024.

 

ASISTENTES:
Alcalde Presidente.
D. José Raúl Gómez Lamuedra
Concejales:
Dª Inés Gómez Diez
Dª.Cristina Larred del Amo.
D. Miguel Angel Delgado Santa Bárbara.
Dª Marta Pilar Ortego Hernández.

 

En la localidad de El Royo (Soria), a las veinte horas del día tres de diciembre de dos mil veinticuatro, previa convocatoria al efecto, se reunió el Pleno del Ayuntamiento de El Royo, en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, para celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. José Raúl Gómez Lamuedra y concurren los señores nominados al margen, asistidos por el Sr. Secretario D. Gregorio Casas Carretero.
Seguidamente se pasó a considerar los distintos asuntos que integran el Orden del día, respecto de los cuales se adoptaron los siguientes acuerdos:

 
I.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Por el Sr. Alcalde se pregunta si alguno de los miembros de la Corporación quiere formular alguna observación al acta de la sesión ordinaria celebrada con fecha 10 de octubre de 2024.

 
II. RESOLUCIONES DE ALCALDÍA EN MATERIA DE DECLARACIONES RESPONSABLES DE OBRAS. Manneken Pis 2017 SL (cerramiento ganadero parcela 5169 y 5167 polígono 21 y arreglo cubierta majada Cintora en Hinojosa de la Sierra), D. Emilio Saenz Jiménez (placas solares parcela 5465 polígono 10), Dª Pilar Gómez Palomar (cambio puertas y ventanas de madera por aluminio Travesía Cantarranas nº18 El Royo), D. Julián Hernández Vinuesa (reparación de medianerías entre inmuebles y reparación de cubierta en Langosto), D. José Ángel Lostau Unzu (renovación parcial de instalaciones, revestimientos, sustitución de ventanas y renovación de baños y cocina en C/ Nueva nº 3 de Derroñadas), D. Rolando Ertl (reparación goteras C/ Cantarranas nº 9 de El Royo ), Carmen Gómez Lamuedra (cambiar teja romana por teja mixta C/ Los Caños de El Royo), D. Juan Pablo Hernández y Dª Mª Concepción Hernández Mozas (placas solares C/ Los Caños nº 10 de El Royo), D. José Luis Cano Muñoz (solera hormigón C7 Pozo nº 31 de Vilviestre de los Nabos), D. Miguel Prado Aranguren (acondicionamiento merendero existente con arreglo de acabados y sustitución de carpinterías en C/ la Cuesta s/n de Derroñadas), D. Federico Albízuri (reforma interior, solado y baños en C/ La Unión nº 23 de Derroñadas).

 
III.- APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 34 NORMAS SUBSIDIARIAS DE EL ROYO, PROMOTORA Dª MARÍA PILAR GUERRA IZQUIERDO. Se da cuenta a los reunidos del Dictamen emitido por la Comisión de Urbanismo, Obras y Servicios en su reunión de fecha 28 de noviembre de 2024:

 
"Se da cuenta a los reunidos del documento presentado en este Ayuntamiento para la tramitación de la Modificación Puntual nº 34 de las vigentes NNSS de El Royo. La modificación tiene por objeto modificar la situación urbanística de la parcela sita en C/ El Espinal nº 3 de Derroñadas-El Royo -Soria- con una superficie de 504 m2, que en la actualidad está calificada como Suelo No Urbanizable General. Entorno Inmediato a la de Suelo Urbano Consolidado, Remate de Trama urbana, Ordenanza 2 A. Unifamiliar Asilada.
Tras la deliberación correspondiente y examinado el documento y a la vista de los informes previos favorables emitidos por el Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León de fecha 30 de agosto de 2024, Confederación Hidrográfica del Duero de fecha 30 de septiembre de 2024, Servicio Territorial de Cultura (Comisión Patrimonio Cultural) de fecha 24 de octubre de 2024, Diputación Provincial no se ha recibido y el informe ambiental estratégico de la modificación puntual nº 34 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del término municipal de El Royo (Soria), no se ha recibido; la Comisión Informativa , por unanimidad remite al Pleno del Ayuntamiento la siguiente PROPUESTA:

 
PRIMERO: Aprobar inicialmente el expediente de la Modificación Puntual nº 35 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de El Royo y agregados, que tiene por objeto modificar la situación urbanística de la parcela sita en C/ El Espinal nº 3 de Derroñadas-El Royo -Soria- con una superficie de 504 m2, que en la actualidad está calificada como Suelo No Urbanizable General. Entorno Inmediato a la de Suelo Urbano Consolidado, Remate de Trama urbana, Ordenanza 2 A. Unifamiliar Asilada.

 
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 52.2, en relación con el artículo 58 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y el artículo 154.3 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y sus posteriores modificaciones, el expediente se exponga al público en las oficinas municipales (Sede Electrónica del Ayuntamiento de El Royo) por espacio de dos meses a contar desde la última publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León y en un periódico de la provincia, plazo durante el cual, los interesados podrán examinar el expediente y presentar contra el mismo las alegaciones o reclamaciones que estimen pertinentes."
El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los señores asistentes, acuerda ratificar en su integridad el Dictamen, arriba transcrito.

 
IV.- DICTAMEN LICENCIA MUNICIPAL DE OBRAS. PROYECTO EJECUCIÓN PARA REHABILITACIÓN PARCIAL IGLESIA PARROQUIAL DE SAN MARTÍN DE TOURS DE VILVIESTRE DE LOS NABOS-EL ROYO, PROMOTOR OBISPADO OSMA SORIA. Se da cuenta a los reunidos del Dictamen emitido por la Comisión de Urbanismo, Obras y Servicios en su reunión de fecha 28 de noviembre de 2024:

 

"Visto que, con fecha 24-10-2024, fue presentada por:
Solicitante: PARROQUIA SAN MARTIN OBISPO
Representante: JOSE SALA PÉREZ
solicitud de Licencia Urbanística para la realización de
Tipo de Actuación: Obras, edificaciones, Instalaciones
Objeto: ARREGLO PARCIAL IGLESIA
en el [solar/inmueble] situado en
Referencia Catastral: 8966801WM2386N0001GW
Localización: CALLE POZO Nº 9 VILVIESTRE DE LOS NABOS-EL ROYO -SORIA-

Visto que, fue emitido informe de Secretaría referente al procedimiento a seguir y a la Legislación aplicable en el procedimiento de concesión de Licencia Urbanística.
Visto que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1 b) de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en relación con el artículo 293.5 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, se emitió informe de los Servicios Técnicos en sentido favorable a la concesión de la Licencia Urbanística para la realización de

 
Tipo de Actuación: Obras, edificaciones, Instalaciones
Objeto: ARREGLO PARCIAL IGLESIA
en el [solar/inmueble] situado en
Referencia Catastral: 8966801WM2386N0001GW
Localización: CALLE POZO Nº 9 VILVIESTRE DE LOS NABOS-EL ROYO -SORIA-

Visto que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 99.1 c) de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y293.4 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, se recibió informe urbanístico por el Servicio Técnico Municipal, con fecha 20 de noviembre de 2024 , del tenor literal siguiente y, entre otras, con las siguientes conclusiones:

“ ... Según el plano nº 6. VILVIESTRE DE LOS NABOS. CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN. PROTECCIÓN Y EQUIPAMIENTO, de la Documentación
Normativa Municipal la edificación sobre la que se plantea la actuación está situada en parcela calificada como Suelo Urbano. Se le asigna el uso equipamiento.
Según el citado plano la totalidad de la edificación está catalogada con Protección Integral.
Según el apartado 3.2.1. PROTECCIÓN INTEGRAL, incluido en el art. 3.2. VALORES PROTEGIBLES DE LA EDIFICACIÓN, del Capítulo I. RESUMEN DEL ANÁLISIS URBANO: “Afecta a toda la edificación, tanto exterior como interiormente en cuanto a sus fachadas, huecos, volúmenes, distribución, tonalidades, texturas, etc…, no permitiéndose su alteración sin el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico-Artístico”.
Según el art.3.1. EDIFICIOS CON PROTECCIÓN INTEGRAL (I), son obras permitidas en edificaciones con este tipo de protección las de “restauración, reforma y consolidación o mantenimiento, siempre que no alteren la composición de fachadas, el volumen y silueta primitiva, la estructura general del edificio, ni los elementos interiores de interés tales como escaleras, desvanes, zaguanes, etc…Es preceptivo Informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico- Artístico para la ejecución de obras en dichos edificios.

Según el apartado 12.1. PROTECCIÓN INTEGRAL, incluido en el art. 12. ZONAS DE PROTECCIÓN de las normas en vigor: “No se permite ningún tipo de ac tuación sin la autorización y supervisión de los Organismos correspondientes ” .
Se recibe Informe favorable de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, con condicionantes al respecto de las obras planteadas. Se incluyen a contin uación los citados condicionantes que se entienden como condicionantes para la consideración como favorable del presente informe técnico :

1. En la medida de lo posible, se retirarán los cables de fachada.
2. Si durante los trabajos apareciesen pinturas, maderas talladas o decoradas de algún modo, o cualquier otro elemento artístico oculto, deberá ser notificado al Servicio Territorial.
3. Se deberá presentar Proyecto de Ejecución para su aprobación por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultura l (El presente informe se redacta sobre el Proyecto de Ejecución solicitado).
Estudiado el Proyecto de Ejecución aportado, se informa que las actuaciones planteadas resultan compatibles con las regulaciones sobre Protección Integral antes citadas.

 
Según la memoria y planos del proyecto, la intervención propuesta no altera los parámetros de ocupación, edificabilidad, alturas y volumen actualmente existentes, por lo que no se alteran ni modifican los parámetros urbanísticos exis tentes
Aunque en la descripción de agentes participantes, incluida en la memoria del Proyecto, se citan sus nombres y titulaciones, no se adjuntan nombramientos de Dirección de Obra y Ejecución, ni de Coordinador de Seguridad y Salud. Para la autorización de inicio de la obra deberán presentarse los citados nombramientos de Dirección de Obra, Ejecución y Coordinador de Seguridad y Salud en la misma.

CONCLUSIONES:

 
El técnico que suscribe informa que:
Habiendo examinado la documentación aportada y con su leal saber y entender, estima FAVORABLE el presente informe, CON SUJECCIÓN A LAS PRESCRIPCIONES ESPECIFICADAS EN LA SOLICITUD DE LICENCIA DE OBRA Y PROYECTO DE EJECUCIÓN aportados por el promotor Y AL CUMPLIMIENTO DE LAS DETERMINACIONES, CONDICIONES Y VALORACIONES CONTENIDAS EN EL INFORME FAVORABLE CON CONDICIONES, DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE PATRIMONIO CULTURAL.
SE INFORMA QUE SE DEBERÍA CONDICIONAR EL INICIO DE OBRA A LA PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LOS NOMBRAMIENTOS DE DIRECCIÓN DE OBRA, EJECUCIÓN Y COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD .
No obstante, el órgano competente municipal, con su superior criterio, acordará lo que estime pertinente.Soria, 20 de noviembre de 2024"

Por otra parte, se estima que, además de las condiciones ya señaladas, en aplicación de lo dispuesto en el art. 298 del RUCyL, la licencia se otorga con las siguientes condiciones:

 

1ª. La edificación deberá atender a las condiciones estéticas establecidas para la ordenanza en las vigentes Normas Subsidiarias de El Royo y agregados.
2ª. La edificación deberá disponer de las instalaciones necesarias, que deberán ser conformes a la normativa vigente (Código Técnico de la Edificación, REBT, etc.).
3ª. Previamente al inicio de las obras se deberá contar en el Ayuntamiento con la comunicación de intervención de la correspondiente dirección facultativa, conforme a lo dispuesto en la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación.
4ª. Deberán considerarse las normas de protección ambiental de las Normas Urbanísticas y todos los residuos de construcción y demolición que efectivamente se generen en las obras (cuya cantidad puede variar con respecto a la estimada en el estudio de gestión de residuos del proyecto) deberán ser gestionados a través de un gestor debidamente autorizado

 
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se acuerda:

 
PRIMERO. Conceder Licencia Urbanística a

PARROQUIA SAN MARTIN OBISPO. OBISPADO DE OSMA SORIA 
para la realización de:
Tipo de Actuación: Obras, edificaciones, Instalaciones
Objeto: ARREGLO PARCIAL IGLESIA (Cubierta y espadaña)
en el [solar/inmueble] situado en
Referencia Catastral: 8966801WM2386N0001GW
Localización: CALLE POZO Nº 9 VILVIESTRE DE LOS NABOS-EL ROYO -SORIA-

y de acuerdo con las siguientes determinaciones:

a)Las obras se ajustarán en su ejecución al proyecto de ejecución para rehabilitación parcial (cubierta y espadaña) de la Iglesia de San Martín de Tours presentado junto con la solicitud y a las Normas de planeamiento vigentes en la localidad. Así mismo deberá respetar lo establecido en el Estudio de seguridad.
La presente licencia se concede dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.
b) Se deberá cumplir con las siguientes condiciones establecidas en el Informe Urbanístico emitido por el Arquitecto Municipal de fecha 20 de noviembre de 2024:
Se deberán presentar antes del INICIO DE OBRA LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LOS NOMBRAMIENTOS DE DIRECCIÓN DE OBRA, EJECUCIÓN Y COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD
c) Se deberán cumplir con las prescripciones técnicas establecidas en el Informe favorable de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de fecha 24 de octubre de 2024:

1.-En la medida de lo posible, se retirarán los cables de fachada.
-Se reutilizará la teja vieja en la medida de lo posible. En caso de paortar teja nueva, se usará como canal y la vieja como cobertura.
-Se procurará que no queden vistas en la cuberita espumas, láminas o culaquier otro elemento de impermeabilización no tradicoional.
-La ejecución de las instalaciones se llevará a cabo con el máximo respeto de los elementos arquitectónicos, ubicando los elementos necesarios, detectores, sistemas, etc., cuidando de no dasñar los elementos originales.
-En la intervención en los lienzos exteriores se utilizará mortero de cal entonado con el resto de fachada, teniendo especial cuidado de no producir afección sobre las estelas medievales y romana, que se deberán mantener.
2. Si durante los trabajos apareciesen pinturas, maderas talladas o decoradas de algún modo, o cualquier otro elemento artístico oculto, deberá ser notificado al Servicio Territorial.
3. Se deberá presentar Proyecto de Ejecución para su aprobación por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultura l (El presente informe se redacta sobre el Proyecto de Ejecución solicitado).

 
Se deberá aportar garantía o fianza por importe de euros () (Grupo Unicaja. N/c ES33 2103 2782 5100 3000 0463) para garantizar la correcta gestión de los residuos de la construcción y demolición, según lo establecido en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

 
Antes del inicio de las obras deberá acreditar el ingreso en las arcas municipales (Grupo Unicaja. N/c ES33 2103 2782 5100 3000 0463), la cantidad de 0,00 (), en concepto de Impuesto sobre Construcciones y Obras.

SEGUNDO. Dar traslado de este acuerdo a lo interesados".

 
El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los señores asistentes, acuerda ratificar en su integridad el Dictamen, arriba transcrito.

 
V.-DICTAMEN APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 1-2024.-Se da cuenta a los reunidos del Dictamen emitido por la Comisión Especial de Cuentas -Hacienda- en su reunión de fecha 28 de noviembre de 2024:
"Se da cuenta a los reunidos de la necesidad de proceder a la aprobación de una modificación presupuestaria por parte de la Comisión Especial de Cuentas , del tenor literal siguiente:

 
MEMORIA DE ALCALDÍA

 
1.º MODALIDAD
Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente ( Festejos populares, actividades culturales, infraestructuras, inversiones no previstas inicialmente -Mejora de caminos por daños por efectos climatológicos, obrador comunitario, fondo de cohesión territorial 2024, adquisición de parcela para planta de compostaje, y trabajos y estudios técnicos dentro del proyecto Biocomforest), para los que no existe crédito en el vigente Presupuesto de la Corporación, y dado que el Ayuntamiento dispone de mayores ingresos recaudados en las partidas de aprovechamientos forestales/agrícolas y participación en los tributos del Estado, transferencias corrientes y remanente de tesorería, se hace precisa la modificación de créditos de dicho Presupuesto bajo la modalidad de crédito extraordinario.

 
El expediente de modificación de créditos n.º 1/2024 del vigente Presupuesto municipal adopta la modalidad de crédito extraordinario financiado con mayores ingresos recaudados y remanente de Tesorería de acuerdo con el siguiente detalle:

 

Altas en aplicaciones de Gastos

 

Aplicación presupuestaria N.º Descripción Euros
920-609 Otras INVERSIONES ( Obrador, Fondo Cohesión Territorial, adquisición parcelas) 109.000
338-22609 Festejos y Actividades Culturales 3.500,00
920-22706
410-22799
450-210
Estudios y Trabajos Técnicos
Otros trabajos de empresas
Infraestructuras
10.000,0
10.858,0
17.000,0

 

TOTAL............................................. 150.358,00

 

2.º FINANCIACIÓN

Esta modificación se financia con cargo a mayores ingresos recaudados en la partida presupuestaria 554-2024 "Aprovechamientos agrícolas y forestales" y 42000-2024 "Participación Tributos del Estado" , 2024-4090 " Otras transferencias" y 870 "Remanente tesoreria 2023" en los siguientes términos:

 

Concepto N.º Descripción Euros
554-2024 Aprovechamientos agrícolas/forestales 11.000
42000-2024 P.T. Estado 10.566
42090-2024
870
Otras Transferencias
Remanente tesoreria
26.500
102.292
  TOTAL INGRESOS 150.358

 

3.º JUSTIFICACIÓN
[En este apartado deben acreditarse los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, que son los siguientes:

 
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

 
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica].

Se trata de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente, para los que no existe crédito en el vigente Presupuesto de la Corporación, según queda justificado en la Memoria que acompaña al presente expediente, y dado que se dispone de mayores ingresos recaudados en las partidas de aprovechamientos forestales/agrícolas y participación en los tributos del Estado, transferencias corrientes y remanente de tesorería según los estados financieros y contables resultantes."
Los señores Concejales enterados del asunto, por unanimidad, acuerdan proceder a la aprobación de la Modificación Presupuestaria nº 1/2024 del vigente Presupuesto Municipal y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Soria, una vez ratificado este acuerdo por el Pleno de la Corporación Municipal."

 
El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los señores asistentes, acuerda ratificar en su integridad el Dictamen, arriba transcrito.

 
VI.- COMUNICACIONES DE ALCALDÍA.- Por el Sr. Alcalde-Presidente se da cuenta de los reunidos de los siguientes asuntos:

1.- Obrador Comunitario: Se ha recibido la visita de los técnicos de Sanidad, se han detectado diversos reparos que deben ser subsanados. No es efectiva la entrega del edificio, al día de la fecha.

2.- Se ha firmado el aval para poder solicitar el anticipo y se sigue trabajando en el diseño de la planta de compostaje.

3.-Trabajos reparto leña a domicilio: ha sido adjudicados a D. Manuel Nieto Larrubia.

 
4.-Desfibriladores: Se ha entregado un nuevo desfibrilador al Ayuntamiento. la Junta de Castilla y león va ha dar formación a los vecinos que se presenten como voluntarios. De momento hay unas ocho personas apuntadas. La fecha de la formación será sobre mediados de diciembre.
Aprovechando la coyuntura se debería retomar la idea de forma un grupo de voluntarios de protección civil. Interviene la Concejal Inés Gómez y expone que en el mes de enero se tiene previsto celebrar una charla impartida por un bombero sobre como actuar en caso de incendio.
El Sr. Alcalde expone que se debe pensar el lugar para la colocación del nuevo desfibrilador.

 
5.-Concurso diseño escudo municipal: Ya se han valorado las propuestas de escudo presentadas que fuero siete. Se han formado un jurado compuesto por tres miembros del Ayuntamiento, y dos expertos D. Carlos de la Casa y D. Fernando del Ser Pérez. La reunión fue el 2 de diciembre y se descartaron cuatro propuestas, quedando seleccionadas tres. Se debe proseguir con el proceso de votación para elegir el escudo municipal, posteriormente se seguirá con la bandera.
6.-Agradecimientos: A Carmen Gómez Palomar por su colaboración en los adornos navideños, a los voluntarios de Hinojosa que han terminado el horno y a Ana de la Tienda Azucar y Sal por su colaboración en la recepción de los donativos entregados por los vecinos con motivo de la DANA en la provincia de Valencia.

 
VII. RUEGOS Y PREGUNTAS.-
Dª Marta Ortego pregunta sobre si se conocen ya las condiciones del aval necesario para solicitar el anticipo ante la Fundación Biodiversidad. Se le contesta que ya ha sido remitido a la Fundación Biodiversidad y que la cantidad es de unos tresceintos Igualmente, pregunta sobre la situación de las futuras viviendas sociales. Se le contesta que el Catastro, por el momento, no ha procedido a realizar la inscripción de la parcela, y ha solicitado al Ayuntamiento que acredite que es de su propiedad.
Y sin más asuntos que tratar y siendo las veinte horas y veinticinco minutos, por el Sr. Alcalde-Presidente es levantada la sesión y de ella la presente que, como Secretario. CERTIFICO.

 
VºBº
EL ALCALDE 
Fdo.: José Raúl Gómez Lamuedra

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Comparte esta Página